III
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ordena:
PRIMERO: La REPOSICION de la causa al estado de que sea citada la co-demandada ciudadana NICANORA RADA, todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 206 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Quedan nulas todas las actuaciones posteriores al seis (06) de Agosto de dos mil cuatro (2004), fecha cuando quedó citada la co-demandada ciudadana SONIA CARLOTA VELASCO DE RODRIGUEZ, según consta en nota dejada por el Alguacil del Tribunal, a excepción de la presente decisión, debiendo la parte actora solicitar e impulsar la citac.....