DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por diligencia suscrita en fecha siete (7) de julio de dos mil catorce (2014), por el abogado HUMBERTO MELENDEZ COLMENARES, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil SERVICIO TÉCNICO VENACAR C.A., y el ciudadano VICENZIO DI GIANCOMO, en contra de la sentencia dictada el dos (2) de julio de dos mil catorce (2014), por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia CONFIRMADA la sentencia apelada, en todas y cada una de sus partes, respecto al punto sometido al conocimiento de esta Alzada.
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