Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por MARIA PATRICIA JIMENEZ, inscrita en el IPSA, N° 195.194, co-apoderada judicial de la entidad de trabajo CERVECERIA POLAR C.A., contra la decisión jueza del juzgado (4°), Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, que declara sin lugar la acción de amparo constitucional, propuesta contra PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 2014/387 DE FECHA 19/12/2014 (EXPEDIENTE N° 082/2014/05/00008), dictada por la DIRECCIÓN DE INSPECTORÍA NACIONAL Y OTROS ASUNTOS COLECTIVOS DE TRABAJO DEL SECTOR PRIVADO del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo". SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado.....