Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente procedimiento contentivo del recurso de nulidad interpuesto por la COMISION DE FUNCIONAMIENTO Y RESTRUCTIRACION DEL SISTEMA DE JUDICIAL, Adscrita a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura contra la Providencia administrativa de fecha 18 de agosto de 1999, signada bajo el Nº 115-99, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO FEDERAL, que declaró con lugar el reenganche y pago de salarios caídos solicitados por el ciudadano JOSE LAIRET CASTILLO.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sal.....