Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano JESSIKA GARCES DE LIZCANO, titular de la cedula de identidad N° V-14.740.358, Venezolana, de estado civil Casada, de 52 años de edad, fecha de nacimiento 06-11-19971, profesión u oficio: DEL HOGAR, residenciado en: URBANIZACION SAN ANTONIO, CALLE 1, CASA N°09, PALO NEGRO ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONA SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal con el agravante artículo 217 de la ley orgánica para la protección del Niño, Niña y Adolescente, pena ésta que habrá de cumplirse en la forma y condici.....