DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, formulada por el ciudadano TARCISIO ANGEL GUERRERO CORREDOR, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-3.742.044, asistida por la abogada YNDIRA BALDUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 74.203, contra la ciudadana ELISA THAIS MOGOLLON, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V.-13.199.997.-
SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior, se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DEL ESTADO CARABOBO, en fecha Veintidós.....