Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida por el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA a: CARMEN PASTORA BARRETO DURAN, titular de la cédula de identidad nro. 7.336.507, soltera, de 58 años edad, nacida el 15-07-1951, en Barquisimeto, Estado Lara, oficio del hogar, hija de Maria Duran de Barreto y Rafael Ramón Barreto, residenciada en la calle 36 entre carreras 12 y 13 Casa Nro. 35-30 de esta ciudad, Teléfono: 04268558255, por un lapso a cumplir de DE UN (01) AÑO, TRES (03) MESES Y CATORCE (14) DIAS y comenzará a correr dicho lapso A PARTIR DE SU PRIMERA PRESENTACION POR ANTE LA UNIDAD TECNICA DE APOYO AL SISTEMA PENITENCIARIO DEL ESTADO LARA, a los fines de que el Delegado de Prueba que le sea asignado supervise las condiciones señaladas.....