Por los señalamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, de acuerdo a los artículos 46, 49 ordinal 7° y 300 Numeral 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado JONATHAN CHINCHOUNG HO GALVEZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V-19.469.473 CALLE SAN PABLO, URBANIZACIÓN CAMPO ALEGRE, TORRE DIEZ (10) APARTAMENTO 31 TURMERO, MUNICIO SANTIAGO MARIÑO, ESTADO ARAGUA, Notifíquese lo conducente. Remítase la presente causa a la Oficina de Archivo Central del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua.