DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara: INVALIDA la OFERTA REAL efectuada por la sociedad mercantil OUTSOURCING S.A., a la oferida ROSMOR C.A.
Se condena en costas al oferente perdidoso.
Publíquese, regístrese y déjese copia.