Conforme a los razonamientos precedentes, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil MINI BRUNO SUCESORES, C.A., contra el acto administrativo N° PA-US-ARA-0027-2014 de fecha 08 de septiembre de 2014, emanado de la GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES ARAGUA (GERESAT-ARAGUA), DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL). En consecuencia: SE ANULAN los particulares de la Providencia Administrativa antes indicada, referidas a las multas impuesta conforme al artículo 119 numeral 19° de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, en relación al no suministro de sillas en calidad y cantidad suficiente; y a la falta de notificación y cumplimiento de las reco.....