Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES (VÍA INTIMACIÓN) incoada por la sociedad mercantil BANCO CARONÍ, C.A., BANCO UNIVERSAL, en contra del ciudadano ARÍSTIDES CARBALLO MELÍN, ambos plenamente identificados en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagarle a la parte actora las siguientes cantidades de dinero:
a) La cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bsf. 200.000,00), saldo adeudado por concepto del capital derivado del préstamo otorgado bajo la modalidad de pagaré.
b) La cantidad de VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES BOLÍVARES CON TREIN.....