DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA LOS CONVENIMIENTOS suscritos en fechas: 1) 08 de agosto de 2025, por el abogado JEAN LEAORDEN FICHOT, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 26.229, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano DANIEL LAORDEN FICHOT, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-19.201.255; y, 2) 11 de agosto de 2025, por la ciudadana NEIDA ZULAY CALCEDO DURAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-10.164.558, debidamente asistida por la abogada JUDITH OCHOA SEGUIAS, inscrita en el Inpreabogago bajo el Nro. 41.907. Se procede como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Proce.....