En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio "Santos Michelena" de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADA LA CONCILIACION, habida entre las partes, a los fines de que alcance el carácter de sentencia definitivamente firme y ejecutoriada, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. De esta manera, se exhorta al padre plenamente identificado, cumplir de buena fe con el acuerdo establecido.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado del Municipio Santos Michelena del Estado Aragua, en Las Tejerías, a los siete (07) días del mes de noviembre del año dos mil siete (2007). Años: 197° de la Independencia y l48° de la Federación.
La Jueza Titular,
Abg. Luz Dilia Flores Carpio.
La Secretaria acc,
Claudia Carolina Garófalo.
En la misma fecha, siendo l.....