PRIMERO: Se Admite la acusación presentada por la Fiscalía 16° del Ministerio Publico del Estado Aragua en contra del imputado: OSCAR WILFRIDO CORREA SANCHEZ, titular de la cedula de identidad V-25.498.990, por el delito de USO DE FACSIMIL, previsto y sancionado en el artículo 114 De La Ley Para El Desarme Y Control De Armas Y Municiones, por cuanto cumple con todo los requisitos establecidos en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal., SEGUNDO: Se admiten los medios de pruebas ofrecidos por la vindicta pública específicamente los contenidos en el escrito acusatorio por ser legales, lícitas, pertinentes y se acuerda la comunidad de la prueba. TERCERO: , se impone al acusado OSCAR WILFRIDO CORREA SANCHEZ, titular de la cedula de identidad V-25.498.990, de las Formulas Alternativas de Prosecución del Proceso, en el caso que nos ocupa procedimiento especial por admisión de hechos establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, dichos acusados, sin coacc.....