DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de Divorcio por Desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por la ciudadana PETRA MENDOZA, identificada con la cédula de identidad N° V-4.569.618, contra el ciudadano TITO VILAS IGLESIAS , identificado con la cédula de identidad N° E-81.728.566. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 28 de abril de 2021, por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, según se evidencia de acta asentada bajo el N° 59, Tomo I, Año 2021, en los libros de Matrimonios llevados por el referido Registro.
Publíquese y Regístrese, déjese copia de la presente de.....