DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO formulada por los ciudadanos ROSA ANGELICA ROJAS FIGUERA y JIMMY ALEXIS HERNANDEZ PANIAGUA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nros. V-9.936.819 y V-8.741.949, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía, el cual fue contraído en fecha 29 de Marzo de 2002 por ante la Prefectura Civil del Municipio Valdez del Estado Sucre, acta de matrimonio Nº 274, Tomo II, Año 2002.
Procédase la EJECUCIÓN de la presente Sentencia, a los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil. Exp.....