Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoado por la ciudadana LASTENIA MARIA BRICEÑO TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-12.339.456, contra el ciudadano HECTOR ANGEL MANGANIELLO VIVAS, venezolano, mayor de edad,titular de la cédula de identidad Nro. V-14.577.491,en consecuencia, QUEDA RECONOCIDO JUDICIALMENTE el documento privado de venta sobre un inmueble constituido por un Apartamento, ubicado en la URBANIZACIÓN GIRARDOT, EDIFICIO 05, BLOQUE 03, DISTINGUIDO CON EL N°03-03, MARACAY, MUNICIPIO GIRARDOT, ESTADO ARAGUA. El referido inmueble tiene una superficie de SESENTA Y CINCO METROS CUADRAD.....