´Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos EDGAR ENRIQUE CEDEÑO y ELIA MORILLO, titulares de las cédulas de identidad Nº V-5.608.631 y V-7.258.095 respectivamente, asistidos por el(la) abogado(a) JESUS MARQUEZ, inscrito(a) en el Inpreabogado bajo el Nro. 295.877. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCANTARA DEL ESTADO ARAGUA, según acta No. 05, Folio Nº 09, Tomo 1A, del año 2007, de fecha 11 de enero de 2.007, de los libros de matrimonio llevado por esa oficina. Asimismo, se decreta el EJECÚTESE definitivo de la presente sentencia, a los efectos de los art.....