Al hilo   de   lo  antes  expuestos,  este Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario  Briceño  Iragorry  de la Circunscripción Judicial del   Estado  Aragua,  Administrando  Justicia   en   Nombre  de  la  Republica   Bolivariana     de     Venezuela       y       por      Autoridad     de       la       Ley,        " CON LUGAR "    la   Cuestión   Previa,  del    indicado    Artículo,    signada  en   el   Ordinal   6° del Artículo 346 del   citado  Código  en  concordancia con el Artículo 340, Ordinal 6°,  interpuesta por  el Apoderado Judicial  de   la  parte demandada, Abogado  OSCAR  BOHORQUEZ HURTADO, Inscrito  en el Instituto  de   Previsión  Social del Abogado  bajo el N°  16.067,  por la acción de  DESALOJO,   intentada   por    el ciudadano   MORENO  ALEXIS  JOSE,  asistido por la Abogada  AURA MATILDE  ESLAVA  GARCIA, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº  55.181. 
En fuerza de lo antes expuesto, se ordena a la demandante, subsanar .....