Al hilo de lo antes expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, " CON LUGAR " la Cuestión Previa, del indicado Artículo, signada en el Ordinal 6° del Artículo 346 del citado Código en concordancia con el Artículo 340, Ordinal 6°, interpuesta por el Apoderado Judicial de la parte demandada, Abogado OSCAR BOHORQUEZ HURTADO, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 16.067, por la acción de DESALOJO, intentada por el ciudadano MORENO ALEXIS JOSE, asistido por la Abogada AURA MATILDE ESLAVA GARCIA, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.181.
En fuerza de lo antes expuesto, se ordena a la demandante, subsanar .....