Vista la diligencia que antecede estampada por la ciudadana XIOMARA MARTÍNEZ, en su carácter de parte actora, debidamente asistida por el Abogado en Ejercicio MIGUEL DUARTE, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 8.066, y el pedimento contenido en la misma, este Tribunal dá por consumado el desistimiento del presente procedimiento, y le imparte su homologación de conformidad con lo establecido en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena la devolución del documento original (acta de matrimonio) que corre inserto al Folio (3), previa su certificación en autos por secretaría, se dá por terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente.-