En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal décimo de Juicio itinerante del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano MARIANCYS RUIZ ALAMO, titular de la cedula de identidad Nº V-19.246.935, venezolana, natural de Maracay, de 27 años de edad, de estado civil, domiciliada en calle JJ montesinos número 77, piñonal sur, Maracay, Estado Aragua, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FACILITADORA Y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en los artículos 458 en concordancia con el artículo 84 Y 286, del Código Penal, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Este Tribunal ordena de manera inmediata el cese de todas las medidas coercitivas que pesan sobre .....