Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano RÓMULO OSORIO MANTILLA, asistido por el abogado OSCAR FERMÍN MEDINA, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 010045 dictada en fecha 8 de marzo de 2006 por la Dirección General de Inquilinato del Ministerio de Infraestructura, mediante la cual fijó canon máximo de arrendamiento al inmueble constituido por el local N° 322-A, del Centro Comercial Concresa, ubicado en el piso 1, Urbanización Prados del Este, Municipio Baruta del Estado Miranda.