Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE, el presente recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por el ciudadano Jesús Rafael Malaver González, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 4.047.065, representado por el abogado Pilar Botomo Luces, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 16.32, contra el Ministerio del Poder Popular para la Educación