Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala No. 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado LUIS ENRIQUE ZAMORA VIRGUEZ, en su carácter de defensor privado del ciudadano ALVARO LUIS ROMAN PACHECO, el cual se fundamenta conforme al artículo 447 numeral 5° del Código Orgánico Procesal Penal, recurso interpuesto en contra de la decisión dictada por el Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 24 de Noviembre de 2009, en Audiencia Preliminar, mediante la cual “…declara sin lugar la excepción opuesta, contenida en el artículo 28, numeral 4, literal “i”, por considerar que la acusación fiscal si cumple con los requisitos formales de la ley, P.....