Ante el escenario planteado, observa este Despacho, que pretende la parte actora la reapertura del asunto y sin un proceso previo, se proceda a la condena de la demandada de nuevos ajustes por concepto de pensión de jubilación, conforme a aumentos decretados por el ejecutivo nacional, según expresa; por intermedio de un juicio que culminó y que arrojó una condena determinada; concluyendo este Despacho, que resulta improcedente en derecho la petición realizada por la parte actora, en cuanto a la designación de nuevo experto a los fines indicados; siendo lo ajustado incoar una acción autónoma, distinta de la presente; que se encuentra culminada tal como se expresó anteriormente y así se decide.
Atendiendo al tiempo transcurrido, notifíquese a la parte actora de la presente decisión.