Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD ejercido por la la sociedad mercantil ATENEO LIBROS, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 03 de Diciembre de 2003, bajo el No. 18, Tomo No.47-A, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra el Recurso No. RJUS-017-2007, de fecha 03 de septiembre de 2007 dictado en esa fecha y notificado en fecha 25 de Octubre de 2007, por el ciudadano GUSTAVO RAMON SEQUERA LIMA, Presidente del INPSASEL, en respuesta al Recurso Jerárquico interpuesto contra el acto administrativo de efectos particulares emanado del Instituto antes nombrado, en fecha 13 de Junio de .....