Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA la apelación ejercida por la Apoderada Judicial de la parte recurrente, el abogado HUMBERTO ANTOLINEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo la matrícula Nro. 102.268, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil "VASOS VENEZOLANOS, C.A.", contra la decisión dictada el 28 de octubre de 2016, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en Maracay, que declaró IMPROCEDENTE, la petición de la Medida Cautelar de Suspensión de los efectos solicitada por la entidad de trabajo VASOS VENEZOLANOS, C.A., la cual queda FIRME.