Por virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCION EFECTUADA POR LAS PARTES EN LOS MISMOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS POR LAS MISMAS
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este tribunal, en La Victoria, a los Ocho (08) días del mes de Marzo de Dos Mil Siete.
Años: 196° de la Independencia y 148° de la Federación.-
LA JUEZ
DRA. JUANA ISABEL VELIZ DE CALDERON
EL SECRETARIO
Abog: IVÁN CASTILLO MARÍN
Exp: N° 3361-06
JIVdeC/icm/ms.