El Tribunal visto lo manifestado por los ciudadanos notificados y desocupado como ha sido el inmueble de bienes y de personas, hace entrega del mismo, a la parte actora ciudadana YURY LORENA DIAZ PACHECO a través de su Apoderado actor, Abogado ANGEL ALBERTO MENDEZ ALVARADO, Inpreabogado Nº 114.185, en cumplimiento de la comisión emanada del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua.