Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la OPOSICION formulada por la ciudadana ROSALIA D´ANGELO DE PALMIERI, debidamente asistida por la ciudadana NIEVES VIRGINIA FRANCIS CARRERO en el presente procedimiento de PARTICION DE COMUNIDAD que incoara la ciudadana ISABEL CRISTINA PALMIERI SANCHEZ, todos plenamente identificados en la parte inicial de la presente decisión; SEGUNDO: Se declara el presente juicio abierto a pruebas conforme a las reglas establecidas en el procedimiento ordinario; TERCERO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.
PUBLIQUESE, REGISTRESE y NOTIFIQUESE a las partes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.