D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos ELIO JOSE HERRERA BERMUDEZ y ANYITH YUDITH HERNANDEZ TORRES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-13.270.646 y V-16.764.898 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veintidós (22) de febrero del año dos mil siete (2007), por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 79, del año 2007.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despac.....