Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 242, 243 del Código de Procedimiento Civil; 507 del Código Civil; y, 26, 49 y 257 contenidos en la Carta Magna, declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación, ejercido por la representación judicial de los co-demandados, contra el auto de admisión de pruebas, dictado en fecha 19 de noviembre de 2019, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, sigue la ciudadana JAIMI ALEJANDRA MUÑOZ PINEDA, contra los ciudadanos DANIEL GONZÁLE.....