2.- Se admite provisionalmente la demanda de nulidad incoada.
3.- IMPROCEDENTE el amparo cautelar.
4.- Se ADMITE la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente amparo cautelar y solicitud subsidiaria de suspensión de efectos, para la cual se ordena abrir el cuaderno separado conforme lo establece la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa