DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este Juzgado en (Función de Ejecución) de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA: PRIMERO: La remisión de el adolescente: XXXXX al programa de LIBERTAD ASISTIDA "San José" del Servicio Autónomo de Protección y Atención al Niño y Adolescente del Estado Aragua, por el lapso de OCHO (8) MESES Y VEINTE (20) DIAS, tomando en cuenta que para la fecha en que dicta la Resolución de sustitución de la medida de privación de libertad en fecha 11-10-07, le faltaba por cumplir UN (1) AÑO, UN (1) MES Y DIECISEIS (16) DIAS, y hasta la fecha en que se dicta el auto de la Declinatoria de competencia transcurrió un lapso de CUATRO (4) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS, lapso este que se le descuenta .....