Por las razones expuestas, este Tribunal de Ejecución Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 105 del Código Penal Venezolano en relación con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, declara LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL y LA LIBERTAD PLENA del ciudadano DANIEL ALBERTO RODRIGUEZ, cédula de identidad Nº 13.180.837, domiciliado en Urbanización Francisco Torres, Calle 3 No. 27, Carora - Estado Lara, hijo de Ambrosio Vásquez y Santiaga Rodríguez, soltero, albañil, por cumplimiento total de la condena impuesta en fecha 20 de abril de 1995, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal vigente para el momento de ocurrencia de los hechos. Líbrese Boleta de libertad plena.
Una vez declarada definitivamente firme la presente sentencia, remítase la totalidad del as.....