Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 02 de febrero de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia REVOCA, la anterior decisión. SEGUNDO: CON LUGAR la defensa de prescripción de la acción. TERCERO: SIN LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por los ciudadanos YRAIDA FARIAS y JOSÉ MORENO VILLANUEVA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N° 5.856.137 y 3.840.486 respectivamente, contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV), inscrita ante el Registro Mercantil que lle.....