Se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte oferente, contra la decisión dictada en fecha 17 de febrero de 2010, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que declaró Improcedente la solicitud de oferta real de pago presentada