Por todo los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; ACUERDA LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por el lapso de DOS (02) AÑOS, a los penados ISAURA DEL VALLE PRADO CALZADILLA, Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-15.632.509, Natural de Maracay, Estado Aragua, nacida en fecha 05/07/1981, de 28 años de edad, de profesión u oficio Cocinera, estado civil soltera, hija de de Grisinia Calzadilla (v) y Isaías Prado (v), domiciliada Campo Morichal, Punta de Mata, Casa Q-38 de Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas, teléfono: 0416-415.46.01; EDGARDO JOSE RONDON CALDERA, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-15.321.333, natural de Maturín, Estado Monagas, nacido en fecha 09/10/1981, de 27 años de edad, de profesión u oficio Taxista, estado civil soltero, hijo de de Xiomara Caldera (v) .....