declara: IMPROCEDENTE la Medida Cautelar de Suspensión de Efectos Solicitada en el recurso de nulidad interpuesto por los abogados Luis Rojas Becerra y Kunio Hasuike Sakama, inscritos en el Instituto De Previsión Social del Abogado, bajo los números 10.038 y 72.979, en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil PROCTER & GAMBLE INDUSTRIAL, S.A, sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción judiciales del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 19 de junio de 1991, bajo el N° 42, Tomo 141-A, contra el acto administrativo contenido en la Certificación N° 0366-2010 de fecha 03 de mayo de 2010, suscrita por el Dr. Ronny González, en su carácter de médico del Instituto de Prevención, Salud y Seguridad Laborales de la Dirección Estadal de Salud de los trabajadores del Estado Miranda.