DISPOSITIVO
Por las razones antes señaladas este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha cinco (5) de marzo de dos mil quince (2015), por la ciudadana CARMEN TERESA GIORDANO ROSENDO, parte querellante de la acción, actuando bajo la asistencia del abogado JOSÉ GREGORIO AMUNDARAIN VELASQUEZ, contra la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha veintisiete (27) de febrero del mismo año, que declaró la inadmisibilidad de la acción Interdictal Prohibitiva de Obra Nueva, propuesta por dicha ciudadana en contra del ciudadano JOSÉ LUIS VERA, por no reunir los requisitos exigidos en el artículo 785 del Código Civil. Queda r.....