DISPOSITIVA
En virtud de los anteriores razonamientos este JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana NILSE INMACULADA JIMENEZ, identificado supra, en contra de la Sociedad Mercantil, CENTRO DE ESPECIALIDADES MEDICO QUIRURGICO LA FUNDACIÓN, S.A., suficientemente identificada en autos.
En consecuencia se condena a:
¿ Se condena al pago en Virtud de que la accionante se encontraba embarazada para el momento del despido, conforme al artículo 384 de la Ley Orgánica del Trabajo, durante el embarazo y un año después del parto, quiere decir desde el 15 de diciembre del 2000 hasta el 30 de abril de 2.002, fecha del parto, quiere decir un año y cuatro meses, correspondiendo 80 días, a razón de 33.333,33 Bs. Diarios.
¿ Se condena al pago de lo salarios caí.....