DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara con lugar la apelación interpuesta por el ciudadano JESÚS DAVID LÓPEZ, debidamente asistido por los abogados REINALDO ENRIQUE CARVALLO MACHADO, JOSÉ GREGORIO BEJARANO RODRÍGUEZ y MANUEL ALFONSO BIEL MORALES, en contra de la decisión proferida por al Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en fecha 06 de febrero de 2009, causa 5C/11.066-09. SEGUNDO: Conforme a lo estipulado en los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la nulidad de dicha decisión, en consecuencia, se ordena la celebración de una nueva audiencia especial para oír al imputado, ciudadano JOEL GUTIÉRREZ TORRES, en tribunal de control donde no se desempeñe como .....