PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana ABG. LIESKA CAROLINA SARRIA RODÍGUEZ, procediendo en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana MARÍA FERNANDA MORA HERRERA, Directora de la empresa COMPUTERS MINISHOP VENEZUELA C.A., en contra de la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 17 de julio de 2006, mediante la cual declaró abandonada la Acusación Privada incoada por la ciudadana MARÍA FERNANDA MORA HERRERA, Directora de la empresa COMPUTERS MINISHOP VENEZUELA C.A., asistida por la profesional del derecho LIESKA CAROLINA SARRIA RODRÍGUEZ, en contra del ciudadano JUAN CAMILO RIVAS GALICIA, por la presunta comisión de los delitos de DIFAMACION e INJURIA, CONTINUADA y AGRAVADA, previstos y sancionados en el primer aparte del artículo 442 y el último aparte del artículo 444, ambos del Código Penal en concordancia con el ar.....