VII. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra, éste Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación que fuere intentado por la abogada GLANES BORGES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 62.244, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadanas CARMEN ZENAIDA NAVAS y MARÍA GRIMAN, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad números V-7.213.056, V-7.222.841, respectivamente, contra el auto de fecha 24 de enero de 2013, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en consecuencia;
SEGUNDO: SE ANULA, el auto de admisión de pruebas dictado por el Tribun.....