Este Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, y la calificación del delito de ROBO GENERICO , previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, y así como los elementos probatorios contenidos en la misma por ser, y se condena a los acusados JESUS ENRIQUE SUAREZ y RAMON ISIDRO RUIZ BARRETO a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION y las accesorias de ley.