DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: Se Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Profesional del Derecho SABRINA MONTES DE OCA, Defensora Pública Auxiliar Centésima Quinta (105°) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de Defensora del ciudadano CARLOS ENRIQUE BOLÍVAR REQUENA, en contra de la decisión dictada el 2 de abril de 2015 por el Juzgado Trigésimo Octavo (38°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó en contra del antes mencionado ciudadano, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3, 237 numerales 2, 3 y parágrafo .....