Por recibida Solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS, presentada por los ciudadanos CARMEN YELITZA ECHEVERRIA PANTOJA Y RICARDO JÓSE HERNÁNDEZ MORA, venezolanos, mayores de edad, identificados con la Cédulas de Identidad Nros, V-7.271.671, y V-3404.118, respectivamente, representada la primera por la abogada CARMEN ALESIA SANGUINETTI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 70.560, actuando en su carácter de apoderada judicial según consta en poder autentificado ante Notario de San Fernando de Henares, Madrid, en fecha 23 de enero de 2017, debidamente apostillado y certificado en fecha 24 de enero de 2017, por el Decano del Colegio Notarial de Madrid bajo el N° 004392, y asistido el segundo por la abogada CARMEN ALESIA SANGUINETTI ya identificada. Désele entrada, anótese en los libros respectivos y ADMÍTASE cuanto a lugar en derecho. Leída la solicitud los comparecientes manifestaron su conformidad, por lo que éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Boliv.....