Se condena al ciudadano Emil José Jaramillo a cumplir la pena de tres (03) meses de prisión, por la comisión del delito de Aprovachamiento de Cosas Provenientes de Delito, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Orgánico Procesal Penal, vigente para la fecha de consumación de los hechos.