Por las razones que anteceden, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición a la admisión del presente Recurso Contencioso Tributario realizada por la Abogada Marylin Pérez Terán INPREABOGADO N° 63.226, en su carácter de Sustituta de la Ciudadana Procuradora General de la Republica.
SEGUNDO: ADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario ejercido por el ciudadano Amador García González titular de la C.I N° V- 6.105.484, en su carácter de Director Gerente de la firma mercantil UNIGARAGE C.A., debidamente asistido por la Abogada Rosa Vásquez González INPREABOGADO N° 673 contra la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2009-000498 dictada por la Gerencia Regional De Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria SENIAT.
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