En merito de lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Superior Séptimo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región capital, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE, la presente Acción de Amparo Constitucional incoada por la Abogada ADA IRIS BENITEZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 6.227.150, Procuradora de Trabajadores inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 92.732, actuando en representación de la ciudadana MILDRED LORENA RIVAS BARRAGAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 14.989.987, contra la Sociedad Mercantil "CERVECERIA Y MARISQUERIA EL TORREON C. A.,".
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los ocho (08) días del mes de junio de dos mil diez (2010), siendo las nueve y treinta antes meridiem .....